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La Unión Europea multó a Apple y Google en una cifra millonaria

La Unión Europea multó a Apple y Google en una cifra millonaria

La Comisión Europea se ha anotado este martes dos importantes victorias en su pugna por la regulación de las grandes tecnológicas, después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) la haya respaldado en dos importantes casos contra Google y Apple.

El caso de Apple es el más llamativo, ya que se verá obligada a devolver 13.000 millones de euros según los cálculos de la Comisión Europea, una vez el tribunal declaró ilegales los beneficios fiscales que Irlanda ofreció entre 1991 y 2014 al gigante tecnológico.

La paradoja es que, además, el gobierno de Irlanda no quiere recibirlos, ya que se ha posicionado del lado de la empresa por temor a perder su posición de hub de las grandes tecnológicas en Europa.

El veredicto del TJUE ha sorprendido a los círculos de la capital comunitaria, ya que revierte una decisión de otro tribunal europeo que dio la razón a Apple y supone un espaldarazo para la gestión de las grandes tecnológicas que ha hecho el equipo de la comisaria de Competencia, Margrethe Vestager, durante su mandato.

La política danesa se ha mostrado muy satisfecha por la multa. Primero, en su perfil en la red social X, y después en la rueda de prensa que ha ofrecido en la sede de la Comisión Europea en la que se ha emocionado hasta tal punto que ha estado al borde de las lágrimas.

Hoy es una gran victoria para los ciudadanos europeos y para la justicia fiscal. El Tribunal de Justicia confirma la decisión de la Comisión Europea de 2016: Irlanda concedió una ayuda ilegal a Apple que ahora Irlanda debe recuperar, y es la sentencia final“, ha apuntado la comisaria de Competencia, que es la cartera que podría recaer finalmente en las manos de Teresa Ribera. Y ha añadido, visiblemente emocionada: “Es una victoria que me hace llorar porque es muy importante“.

Vestager también ha señalado que la aplicación de la multa tiene su origen en una aplicación “errónea” de la fiscalidad por parte de Irlanda, y ha defendido que la Comisión no trabaja contra las empresas sino que lo que pretende es “cambiar comportamientos” incorrectos. Además, ha subrayado que es la ley se puede romper de manera “muy rápida” pero que demostrar que alguien la ha quebrantado es “muy lento“, en referencia a lo largo que ha resultado todo el proceso.

Volviendo a la sentencia, la sorpresa viene porque el abogado general del TJUE había rechazado este fallo anterior del Tribunal General de la UE, pero había propuesto rejuzgar el caso, no fallar a favor de la Comisión. El trámite del abogado general es un paso previo a la sentencia final y su criterio coincide en la gran mayoría de ocasiones con el resultado final del procedimiento.

Desde Apple, se ha mostrado la “decepción” por la decisión del tribunal y la compañía alega que estos impuestos reclamados por Bruselas fueron abonados en Estados Unidos, un criterio que, según la empresa, compartirían también como el propio gobierno norteamericano como el irlandés.

La Comisión Europea está intentando cambiar retroactivamente las normas e ignorar que, como exige la legislación fiscal internacional, nuestros ingresos ya estaban sujetos a impuestos en Estados Unidos” , acusa la empresa.

Apple no es una excepción y la mayoría de grandes tecnológicas usan Irlanda como base para tributar sus beneficios extranjeros y aprovecharse de la baja fiscalidad del país, un modelo que ha generado beneficios para este Ejecutivo, a costa de rebajar los ingresos fiscales de toda la Eurozona y restar recursos al resto de países de la unión.

En el caso de Google, el TJUE ha ratificado la sanción de 2.424 millones de euros impuesta por Bruselas por priorizar su propio sistema de selección de compras (Google Shopping) frente a otros en su buscador sin atender a alternativas que pudieran ser más adecuadas.

El Tribunal General determinó correctamente que, habida cuenta de las características del mercado y de las circunstancias específicas del asunto, el comportamiento de Google era discriminatorio y no correspondía a la competencia basada en los méritos“; subraya en este fallo sobre la práctica, que afectó a 13 países entre los que estaba España.

Fuente: El Mundo

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