La facturación anual máxima para poder estar en el régimen del monotributo será de $8.040.975 si el contribuyente se dedica al comercio, en tanto que el tope será de $5.650.415 si la actividad desarrollada es la prestación de servicios
Esos montos, que son los que surgen de la actualización según la modalidad prevista por la normativa vigente, son un 72,48% más altos que los que rigieron en el primer semestre de este año.
De esa manera, al quedar el reajuste anual, en esas categorías, por debajo de la inflación (estimada, para todo este año, en alrededor de 100%), habrá quienes deban salir del régimen simplificado para ir al general (con inscripción al IVA, Ganancias y sistema previsional de autónomos) sin que hayan podido, por lo menos, mantener ingresos de igual poder adquisitivo.
Según una ley que rige desde 2018, las facturaciones máximas del monotributo, tanto de cada una de las categorías como también la que determina el umbral para estar en el sistema, se actualizan según el índice acumulado de movilidad jubilatoria del año previo. En el actual 2022, las subas de haberes acumularán, a diciembre próximo, un 72,48%, con lo que quedarán alrededor de 27 puntos porcentuales por debajo de la inflación proyectada.
En el primer semestre, los reajustes de marzo y junio resultaron en un índice de 29,12%, en tanto que en la segunda mitad del año las subas de septiembre y diciembre determinan un aumento acumulado de 33,58%.
El monotributo tuvo a mitad de este año, y por que así fue definido por una ley, una actualización de los montos que se hizo, parcialmente, en función del 29,12% explicado en el párrafo anterior, es decir, según la movilidad del primer semestre. En concreto, el Congreso aprobó que ese porcentaje fuera el nivel de reajuste para los ingresos permitidos en las categorías de la D a la K. En cambio en las categorías de ingresos más bajos los incrementos fueron bastante mayores. Para las A, B y C la suba fue de 60,53%, y para la D, de 44,82%.
Como en enero se aplicará, entonces, un incremento de 33,58% a los valores vigentes, en los escalones de la tabla donde se ubican quienes tienen ingresos más bajos habrá una mejor actualización, en términos anuales, que en los de ingresos medios y altos.
Los ingresos anuales máximos para estar en las categorías A, B y C, concretamente, tendrán una suba anual de 114,43%; pasarán a $999.689, $1.486.024 y $2.080.433 aproximadamente, en cada caso, con promedios mensuales de $83.307, $123.835 y $173.369 en forma respectiva. En la categoría D, la suba anual será de 93,45% y el monto tope quedará en $2.583.802 (un promedio mensual de $215.317).
El resto de las categorías, el reajuste de 72,48% anual dejaría los siguientes ingresos topes: E, $3.042.531; F, $3.803.164; G, 4.563.797; H (última categoría para la prestación de servicios), $5.650.415; I, $6.324.118; J, 7.247.744; K (categoría más alta para el comercio de cosas muebles), $8.040.975.
Según lo previsto y como cada año, en enero los monotributistas deberán hacer el trámite de recategorización, en el cual revisan su posición dentro de la tabla y la modifican, de ser necesario. Para ello, deberán mirar los valores actualizados y compararlos con la facturación de los últimos 12 meses.
En cuanto a los montos a pagar, habrá una actualización con un porcentaje igual para todos, porque en julio no se habían modificado los valores del primer semestre. El incremento en este caso sería de 72,48%, según afirmó Russo.
Pero la excepción sería el aporte a la obra social, que hoy es de $1775,18 (el mismo monto para todas las categorías), porque el proyecto de ley de Presupuesto 2023 prevé diferenciar y elevar los valores a cifras de entre $3638,26 (categoría D) y $10.505,29 (categoría K). En las categorías A, B y C no habría modificaciones, por lo cual la actualización siguiendo la movilidad previsional llevaría el monto, en esas categorías más bajas, a $3061,83.